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#Clase 2: Imputación temporal de rentas

Cómo afecta la imputación temporal a nuestra planificación de tesorería.

Seguimos avanzando en el curso sobre fiscalidad inmobiliaria.

Aprovecho la #clase 2 para explicarte un concepto muy importante, y el cúal debes tener SIEMPRE en cuenta para orientar y dirigir tú estrategía de inversión.

Te hablo sobre la imputación temporal de rentas.

La Ley del IRPF es clara en este sentido.

Dependiendo del tipo de rendimiento generado, la imputación de rentas se realiza de forma distinta.

Aplicando exclusivamente este concepto a la inversión inmobiliaria, podemos distinguir dos tipos de rendimientos:

  1. Rendimientos de Capital (ya sean inmobiliarios o mobiliarios): se incluye dentro de este grupo los rendimientos por alquiler. Es decir, los rendimientos que generan los pisos que tenemos alquilados.

  2. Ganancias o Pérdidas Patrimoniales: se incluye aquí los rendimientos generados por la venta de inmuebles de nuestra propiedad.

Saber como afecta la imputación de rentas para cada uno de los grupos anteriores, es clave para realizar una correcta planificación de la tesorería personal.

Por ejemplo, no es lo mismo vender un piso el 30 de diciembre del 2024 que hacerlo en 3 de enero del ejercicio 2025.

Solo 4 días despúes.

Pero esos 4 días marcarán la diferencia.

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