¿Estás teniendo en cuenta tu IRPF marginal en tus inversiones? Sino es así, ¡esto te interesa!
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El Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas (IRPF) tiene las siguientes características esenciales:
1. Es de naturaleza directa, es decir, que grava nuestras ganancias.
2. Se adecúa a las circunstancias vitales de cada persona, lo que significa que, en función de variables como los hijos, la hipoteca o las aportaciones que se hacen a un plan de pensiones, dos personas que ganan exactamente la misma cantidad de dinero puede ser que paguen un importe diferente de IRPF.
3. Es escalado, es decir, conforme más dinero se gana, el porcentaje de impuesto que se paga se va incrementado progresivamente de acuerdo a la siguiente tabla:
Entendidas las tres características más básicas del impuesto, el tipo marginal es el tipo impositivo más alto que alcanza una persona en su declaración. Como ejemplo, fiándonos en la tabla anterior, una persona cuya base imponible (ingresos brutos- gastos – bonificaciones deducciones) sea de 40.000€, tiene un marginal del 37%.
Tiene especial importancia el conocimiento de nuestro tipo marginal en los análisis y planificaciones de rentabilidad ya que, si consideramos los ingresos que obtenemos de la inversión inmobiliaria como ingresos añadidos a nuestra principal fuente de ingresos (nómina o actividad Autónomos), el tipo marginal será el porcentaje de IRPF que impactará en nuestra inversión.
Por último, debemos recordar que si nos dedicamos al arrendamiento de viviendas de larga duración, el tipo efectivo será un 50% inferior al que aparece en la tabla.
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